Imágenes: Diario de Sevilla. 20 ó 21 enero 2010.
Los impuestos más caros y más descarados, se introducen en nuestras casas invadiendo el espacio privado con DESORBITADAS y oscuras tarificaciones, con el fin de lucrarse ante las dificultades de reclamación.
PUBLICIDAD CLARA PARA FINES OSCUROS: ENDESA, EMASESA Y GAS.
SI PARA UN CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO SE REQUIERE NOMBRE, APELLIDO, DOMICILIO, FECHA DE NACIMIENTO, SEXO, NACIONALIDAD, FECHA DE INSCRIPCIÓN Y NÚMERO DE DNI, PASAPORTE O NIE, CÓMO ES POSIBLE QUE NOS "EMPADRONE" UNA ENTIDAD DE SUMINISTROS BÁSICOS, COMO EL AGUA O LA ELECTRICIDAD.
Es competente buscar procedimientos en la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37. g) en relación con el artículo 36 de la LOPD, ARGUMENTOS PARA EVITAR ESTOS ABUSOS, COMO LOS QUE SIGUEN:
II
Los artículos 1 y 2 de la LOPD, establecen como Objeto y Ámbito de la misma:
“1. La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.”
“2. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.”
III
El artículo 3 de la LOPD, define como:
“a) Datos de carácter personal: Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
b) Fichero: Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.
c) Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.
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Es competente buscar procedimientos en la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37. g) en relación con el artículo 36 de la LOPD, ARGUMENTOS PARA EVITAR ESTOS ABUSOS, COMO LOS QUE SIGUEN:
II
Los artículos 1 y 2 de la LOPD, establecen como Objeto y Ámbito de la misma:
“1. La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.”
“2. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.”
III
El artículo 3 de la LOPD, define como:
“a) Datos de carácter personal: Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
b) Fichero: Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.
c) Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.