Grupo 17 de marzo, organización de juristas para la defensa de los derechos humanos y civiles, manifiesta su preocupación por la que, considera, creciente, inseguridad jurídica que provoca en la ciudadanía de Sevilla a la hora de ejecutar la ley 7/2006 (ley antibotellón).
Esta inseguridad jurídica del articulado de dicha ley, supone en la práctica que a la hora de su ejecución se puedan producir vulneraciones del derecho de reunión y libre circulación. En concreto este absurdo se puede resumir en la multa impuesta a unos ciudadanos por “charlar en el silencio de la noche, colaborando con el requerimiento de cese de dicha conducta” (se adjunta multa). Este tipo de actuaciones de la Policía Local de Sevilla, lejos de ayudar a la información y entendimiento de las leyes y ordenanzas, provocan el rechazo de la ciudadanía y una fuerte preocupación en las organizaciones en defensa de los derechos humanos.
El Grupo 17 de marzo, vuelve a recordar que desde la entrada en vigor de dicha ley han aumentado las quejas ciudadanas por la actuación de la Policía Local de Sevilla, que debería invertir en una formación adecuada en derechos humanos y mediación en conflictos. Durante el año 2007, Andalucía ha sido el segundo territorio en número de denuncias de este tipo, por detrás de Cataluña y País Vasco, tal y como se publicó en el Informe Anual de la Coordinadora para la Prevención de la Tortura.
Para evitar este tipo de actuaciones en el futuro, el Grupo 17 de Marzo, PROPONE a los poderes públicos (Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Sevilla) que
1.- Se deroge el artículo 3a) de la Ley 7/2006 o que defina claramente lo que es “alterar la pacífica convivencia ciudadana” (en la que se incluye desde el vandalismo hasta charlar en la calle).
2.- Se extienda la Instrucción 12/2007 (aplicable a Policía Nacional y Guardia Civil) del Ministerio de Interior a la Policía Local de Sevilla fundamentalmente en dos puntos: la obligatoriedad de llevar visible el nº de identificación y una formación integral en derechos humanos. Esto prevendrá posibles conductas abusivas ante la ciudadanía por parte de la Policía Local de Sevilla.
3.- La ciudadanía denuncie este tipo de actuaciones, ante las asociaciones en defensa de los derechos humanos y ante los poderes públicos, si considera que se han vulnerado sus derechos fundamentales.
Fuente: 17 de Marzo y GAS.