Una ley obligará a identificar a los dueños de tarjetas de móvil y a guardar un año los datos
La norma redactada por Interior y Justicia afecta a 16 millones de dueños anónimos de teléfonos
07-09-2006 EL PAÍS -
Las compañías cifran en 20 millones de euros el sobrecoste de almacenar los datos.
Los comercios deberán establecer libros de registro donde se identifique a los clientesEl Gobierno ha preparado una base legal para combatir la delincuencia y el terrorismo mediante un cierto control de las comunicaciones telefónicas. Los ministerios de Justicia e Interior han terminado el anteproyecto de Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicación. La normativa establece un plazo de 12 meses en el que todas las compañías telefónicas deberán conservar los datos de las comunicaciones de sus clientes. También obligará a las tiendas que venden tarjetas telefónicas a identificar a los compradores (ahora hay 16 millones de móviles anónimos) creando un libro de registro. La investigación sobre las comunicaciones fue una de las claves para la rápida detención de parte de los responsables del 11-M.
El 21 de febrero pasado el Consejo de Ministros de Interior de la Unión Europea aprobó la Directiva sobre Retención de Datos de Tráfico Telefónicos y de Comunicaciones Electrónicas. La normativa obligaba a los operadores a retener los datos durante un periodo de entre 6 y 24 meses para la lucha contra el terrorismo y otros delitos graves.
La directiva se aprobó tras más de un año de estudios y debates entre los distintos países. Los atentados terroristas del 7 de julio de 2005 en Londres, que causaron 56 muertes, impulsaron el acuerdo comunitario.
En un consejo de ministros especial convocado una semana después de los atentados por iniciativa del Reino Unido, los distintos países acordaron acelerar los trabajos, que concluyeron con la aprobación de la directiva por parte del Parlamento Europeo en diciembre de ese mismo año y por el Consejo de Ministros de Interior de la Unión Europea en febrero de este año.
España fue uno de los países más activos para conseguir la aprobación de la directiva comunitaria debido a la experiencia del 11-M, donde el seguimiento de las comunicaciones de los teléfonos móviles usados en los atentados fue crucial para desentrañar lo ocurrido y detener a parte de los responsables.
El Gobierno español, que traspone ahora esa directiva, ha optado por fijar un plazo mínimo de 12 meses (el doble de lo previsto en la normativa comunitaria) para la conservación de los datos de las comunicaciones.
El texto elaborado por los ministerios de Justicia e Interior establece la posibilidad de llegar hasta los 24 meses de almacenamiento de datos en casos excepcionales.
Los datos que las compañías telefónicas deben retener corresponden a comunicaciones tanto de teléfonos móviles como de fijos. En ningún caso se podrán conservar datos relativos al contenido de las conversaciones, sino exclusivamente datos de tránsito: el número de teléfono que origina la llamada, el que la recibe, la duración de la comunicación y el punto desde el que se ha realizado.
Esos datos fueron decisivos en los trabajos policiales que permitieron reconstruir los pasos dados por los terroristas que perpetraron el mayor atentado ocurrido en la historia de España el 11 de marzo de 2004.
La policía española planteó al Ministerio del Interior en sus informes sobre la investigación de la matanza del 11-M la necesidad de elaborar una ley que obligase a la identificación de los propietarios de tarjetas prepago, lo que facilitaría las pesquisas.
En España, según los datos de las propias compañías telefónicas, había el año pasado 39 millones de usuarios de teléfonos móviles de los que 24 millones utilizan tarjetas prepago. De esos 24 millones de usuarios, las compañías tienen identificados a unos ocho millones por distintas promociones comerciales en las que los clientes han dado sus nombres. Los 16 millones de usuarios restantes son inidentificables.
El anteproyecto de Ley redactado por los ministerios de Justicia e Interior establece una obligación de las compañías y de los comercios que suministran esas tarjetas telefónicas de establecer libros de registro donde se identifique a los titulares de esos teléfonos. Cuando se aprobó la directiva comunitaria en el Parlamento Europeo sólo había un país en Europa, que era Suiza, con una reforma legal para obligar a identificar a todos los compradores de teléfonos móviles con tarjeta prepago que había fijado un plazo para desconectar todos los teléfonos no identificados.
Las compañías telefónicas españolas consideran que no existe ninguna complicación técnica para mantener almacenados los datos de las comunicaciones telefónicas de sus clientes durante un plazo mínimo de un año aunque afirman que se dispararán los gastos que dedican a esta tarea dado que ahora el plazo de conservación es muy inferior.
Según las operadoras consultadas por este periódico, los gastos de almacenamiento de esas comunicaciones podrían alcanzar los 20 millones de euros.
Actualmente, las compañías registran los datos de conexión y tráfico (número de origen y destino de la llamada, duración, hora y lugar) por motivos comerciales y de facturación. Lo hacen por un tiempo medio de tres meses.
La localización de un móvil se lleva a cabo mediante el control de las señales de una celda, espacio de cobertura asociado a cada antena, con un margen que puede ir desde los 200 metros en zonas urbanas a kilómetros en zonas rurales.
Las operadoras recuerdan que sería muy costosa la identificación de los propietarios de tarjeta prepago, pues les obligaría a hacer una campaña de publicidad, a crear nuevas bases informáticas y a movilizar a más personal para ese control.
La nueva norma corregirá la vigente Ley de Servicios de Sociedad de la Información, que establece que las compañías telefónicas deberán almacenar esos datos de las comunicaciones de sus clientes por un tiempo máximo de 12 meses. Ahora ese tiempo máximo será el mínimo obligatorio de almacenaje de los datos.
La investigación judicial en España mantenía el pasado año más de 40.000 teléfonos, fijos o móviles, controlados. En estos casos, la policía tiene interceptadas las llamadas que se producen y puede grabar el contenido de las conversaciones.
La norma redactada por Interior y Justicia afecta a 16 millones de dueños anónimos de teléfonos
07-09-2006 EL PAÍS -
Las compañías cifran en 20 millones de euros el sobrecoste de almacenar los datos.
Los comercios deberán establecer libros de registro donde se identifique a los clientesEl Gobierno ha preparado una base legal para combatir la delincuencia y el terrorismo mediante un cierto control de las comunicaciones telefónicas. Los ministerios de Justicia e Interior han terminado el anteproyecto de Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicación. La normativa establece un plazo de 12 meses en el que todas las compañías telefónicas deberán conservar los datos de las comunicaciones de sus clientes. También obligará a las tiendas que venden tarjetas telefónicas a identificar a los compradores (ahora hay 16 millones de móviles anónimos) creando un libro de registro. La investigación sobre las comunicaciones fue una de las claves para la rápida detención de parte de los responsables del 11-M.
El 21 de febrero pasado el Consejo de Ministros de Interior de la Unión Europea aprobó la Directiva sobre Retención de Datos de Tráfico Telefónicos y de Comunicaciones Electrónicas. La normativa obligaba a los operadores a retener los datos durante un periodo de entre 6 y 24 meses para la lucha contra el terrorismo y otros delitos graves.
La directiva se aprobó tras más de un año de estudios y debates entre los distintos países. Los atentados terroristas del 7 de julio de 2005 en Londres, que causaron 56 muertes, impulsaron el acuerdo comunitario.
En un consejo de ministros especial convocado una semana después de los atentados por iniciativa del Reino Unido, los distintos países acordaron acelerar los trabajos, que concluyeron con la aprobación de la directiva por parte del Parlamento Europeo en diciembre de ese mismo año y por el Consejo de Ministros de Interior de la Unión Europea en febrero de este año.
España fue uno de los países más activos para conseguir la aprobación de la directiva comunitaria debido a la experiencia del 11-M, donde el seguimiento de las comunicaciones de los teléfonos móviles usados en los atentados fue crucial para desentrañar lo ocurrido y detener a parte de los responsables.
El Gobierno español, que traspone ahora esa directiva, ha optado por fijar un plazo mínimo de 12 meses (el doble de lo previsto en la normativa comunitaria) para la conservación de los datos de las comunicaciones.
El texto elaborado por los ministerios de Justicia e Interior establece la posibilidad de llegar hasta los 24 meses de almacenamiento de datos en casos excepcionales.
Los datos que las compañías telefónicas deben retener corresponden a comunicaciones tanto de teléfonos móviles como de fijos. En ningún caso se podrán conservar datos relativos al contenido de las conversaciones, sino exclusivamente datos de tránsito: el número de teléfono que origina la llamada, el que la recibe, la duración de la comunicación y el punto desde el que se ha realizado.
Esos datos fueron decisivos en los trabajos policiales que permitieron reconstruir los pasos dados por los terroristas que perpetraron el mayor atentado ocurrido en la historia de España el 11 de marzo de 2004.
La policía española planteó al Ministerio del Interior en sus informes sobre la investigación de la matanza del 11-M la necesidad de elaborar una ley que obligase a la identificación de los propietarios de tarjetas prepago, lo que facilitaría las pesquisas.
En España, según los datos de las propias compañías telefónicas, había el año pasado 39 millones de usuarios de teléfonos móviles de los que 24 millones utilizan tarjetas prepago. De esos 24 millones de usuarios, las compañías tienen identificados a unos ocho millones por distintas promociones comerciales en las que los clientes han dado sus nombres. Los 16 millones de usuarios restantes son inidentificables.
El anteproyecto de Ley redactado por los ministerios de Justicia e Interior establece una obligación de las compañías y de los comercios que suministran esas tarjetas telefónicas de establecer libros de registro donde se identifique a los titulares de esos teléfonos. Cuando se aprobó la directiva comunitaria en el Parlamento Europeo sólo había un país en Europa, que era Suiza, con una reforma legal para obligar a identificar a todos los compradores de teléfonos móviles con tarjeta prepago que había fijado un plazo para desconectar todos los teléfonos no identificados.
Las compañías telefónicas españolas consideran que no existe ninguna complicación técnica para mantener almacenados los datos de las comunicaciones telefónicas de sus clientes durante un plazo mínimo de un año aunque afirman que se dispararán los gastos que dedican a esta tarea dado que ahora el plazo de conservación es muy inferior.
Según las operadoras consultadas por este periódico, los gastos de almacenamiento de esas comunicaciones podrían alcanzar los 20 millones de euros.
Actualmente, las compañías registran los datos de conexión y tráfico (número de origen y destino de la llamada, duración, hora y lugar) por motivos comerciales y de facturación. Lo hacen por un tiempo medio de tres meses.
La localización de un móvil se lleva a cabo mediante el control de las señales de una celda, espacio de cobertura asociado a cada antena, con un margen que puede ir desde los 200 metros en zonas urbanas a kilómetros en zonas rurales.
Las operadoras recuerdan que sería muy costosa la identificación de los propietarios de tarjeta prepago, pues les obligaría a hacer una campaña de publicidad, a crear nuevas bases informáticas y a movilizar a más personal para ese control.
La nueva norma corregirá la vigente Ley de Servicios de Sociedad de la Información, que establece que las compañías telefónicas deberán almacenar esos datos de las comunicaciones de sus clientes por un tiempo máximo de 12 meses. Ahora ese tiempo máximo será el mínimo obligatorio de almacenaje de los datos.
La investigación judicial en España mantenía el pasado año más de 40.000 teléfonos, fijos o móviles, controlados. En estos casos, la policía tiene interceptadas las llamadas que se producen y puede grabar el contenido de las conversaciones.
Comentario: La