31 enero, 2013

LLEGAN A SEVILLA LAS COOPERATIVAS DE CESIÓN DE DERECHO EN USO

 Imagen: Tercio San Carlos.

Cooperativa de cesión de uso

Modelo de cooperativas no especulativo y sin fin de lucro en que la propiedad de las viviendas siempre recae en la cooperativa. Puede darse el caso que un propietario externo ceda la propiedad a la cooperativa durante un periodo determinado para que ésta la gestione. Los cooperativistas disfrutan de un uso indefinido (o por el período por el cual la cooperativa disponga del uso del edificio) de la vivienda a través de un derecho de uso asequible.
Al igual que una cooperativa de construcción, puede promocionar ella misma las viviendas o locales, pero no se disolverá una vez finalizada la construcción o la rehabilitación. Su funcionamiento democrático se rige por los mismos principios que cualquier otra cooperativa.

Ventajas

  • Permite el acceso a una vivienda a un precio inferior al de mercado.
  • La propiedad de la vivienda siempre recae sobre la cooperativa, que impide que se pueda hacer un uso especulativo de ésta.
  • Permite un uso indefinido en el tiempo, transmitido y heredado de la vivienda.
  • El derecho de uso se obtiene con una entrada inicial (retornable, incluyendo mejoras) y se mantiene con un un "alquiler" asequible mensual.
  • La entrada inicial (con posibilidad de financiación) es proporcional a la superficie de la vivienda y a las rentas de las personas.
  • El coste del “derecho de uso” tiene tendencia a la baja, ya que está destinado a retornar la deuda para construir o rehabilitar las viviendas, al mantenimento y la mejora del edificio, a los gastos comunes y a la cooperación entre las cooperativas MCU y sus usuarios/as.
  • Posibilita un diseño participativo y personalizado de las viviendas y espacios comunes.
  • Facilita la creación de viviendas con mayor respeto al medio ambiente.
  • Se crea con voluntad de duración indefinida y de intercooperación con otras cooperativas MCU para reaplicar el modelo.
  • Facilita el mantenimiento de los espacios comunes y de las viviendas.
  • Se puede construir sobre un suelo público, sin que la administración pierda su propiedad.
  • Permite integrar la iniciativa privada en la creación de un parque de vivienda asequible, indefinido en el tiempo y reaplicable para la población.
  • Como miembro de la cooperativa tienes voto en las decisiones de la comunidad.
  • Posibilita la financiación mediante banca ética.
  • Potencia el uso de sistemas colectivos y participativos en la gestión de la energía, los alimentos y otras necesidades.

Modelo Ándel (Paises escandinavos)

Es un modelo de acceso a la vivienda situado entre la compra y el alquiler que integra la iniciativa privada en un mercado no especulativo. La primera cooperativa se creó en Dinamarca en 1866. Establece que todos los residentes son propietarios del inmueble y gozan del derecho de uso sobre una vivienda. El propietario de este derecho de usos paga una entrada que le es reembolsada si se da de baja, y un alquiler blando cada mes. Su funcionamiento es democrático (cada miembro del Andel dispone de un voto) y nunca puede ser transformado en una propiedad tradicional.
El uso es indefinido, puede ser traspasado por transmisión mortis causa, se puede alquilar a una tercera persona durante un tiempo determinado, etc. Su uso indefinido facilita un buen mantenimiento y el modelo cooperativo facilita la autogestión y la búsqueda de modelos residenciales más adaptados a las necesidades de los residentes.

Modelo Wohnprojekte (Alemania)

Es un modelo surgido en la década de 1970, en la Alemania federal, donde surgieron nuevas formas comunitarias de habitar. Se define como “proyectos de grupos de personas que no pueden o no quieren resolver sus demandas de vivienda-habitar de forma individual en el mercado de alquiler o compra de vivienda”, ya que tienen expectativas de maneras de vivir que les permitan conseguir objetivos colectivos más amplios.
Está constituido por personas que se asocian para crear grupalmente soluciones habitacionales de manera que se garantice un acceso estable, e indefinido a la vivienda, con costes abordables por las familias o personas que constituyan el grupo y de forma que se asegure que no se convertirán en objetos de especulación. También incluyen espacios de uso comunitario como salas de reuniones con cocina o baño, habitaciones para invitados, jardín, lavandería, espacios para juegos infantiles, espacios abiertos al barrio, etc. A la vez son proyectos que implican unos objetivos cualitativos alrededor de la forma de habitar, de vivir y de relacionarse las personas.

Modelo SostreCívic (Cataluña)

Es un modelo de cooperativas sin ánimo de lucro donde la propiedad de las viviendas siempre recae en manos de la cooperativa y donde sus miembros participan y disponen de un derecho de uso indefinido y heredable de la vivienda a partir de un alquiler blando. Está basado en el modelo escandinavo de cooperativas de cesión de uso Andel.
Es un modelo entre el alquiler y la compra donde la cooperativa se crea con voluntad de duración indefinida. No es necesaria la propiedad del suelo para el desarrollo del modelo. El derecho de uso se adquiere a partir de una entrada inicial retornable y se mantiene con el pago de un alquiler blando mensualmente, que tiene tendencia a la baja.
La entrada es retornable en caso de abandono de la cooperativa, venta, o intercambio del derecho de uso, junto con el gasto de las mejoras realizadas en la vivienda que hayan sido previamente acordadas con la cooperativa. El retorno del coste de las mejoras permite garantizar el mantenimiento del parque construido en buenas condiciones.

Modelo FUCVAM, Federación Uruguaya de viviendas por ayuda mutua (Uruguay)

FUCVAM es una entidad de segundo grado que agrupa cooperativas de usuarios, que se inició en la década de los años 1960s, con el objetivo de “proveer de alojamiento adecuado y estable a sus asociados mediante la construcción de viviendas por esfuerzo propio, ayuda mutua, administración directa...", y proporcionando también servicios complementarios.
Agrupa a cooperativas con derecho de uso, donde se otorga un derecho permanente y hereditario y la cooperativa como “empresa” administra la propiedad colectiva. La propiedad colectiva, además de facilitar el acceso también garantiza la permanencia, el mantenimiento y el repago de las viviendas. La ayuda mutua, permite ahorrar costes de construcción, refuerza las posibilidades de gestión, así como los controles en el uso de los recursos, tanto materiales como humanos, desarrollando el espíritu colectivo y el sentimiento de pertenencia, al tiempo que crea valores de solidaridad, unión y esfuerzo conjunto.
Las viviendas deben reunir las condiciones físicas y sociales necesarias para un desarrollo integral de sus habitantes, y atienden aspectos como el diseño, la ubicación geográfica, la salut (ventilación, iluminación y espacio), la seguridad, tener espacios diferenciados, que posea todos los servicios de infraestructura y urbanismo, etc.

Fuente: http://www.faunanocturna.net/press/cooperativas-de-vivienda-en-modelo-de-cesion-de-uso-mcu/