LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (B.O.E. de 24 de noviembre) De los delitos contra la libertad de conciencia, los sentimientos religiosos y el respeto a los difuntos (Sección 2ª, Cap. IV, Tít. XXI, L. II) EN LO REFERENTE A LAS RELIGIONES | ||
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Artículo 522. Incurrirán en la pena de multa de cuatro a diez meses: 1º. Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o asistir a los mismos. 2º. Los que por iguales medios fuercen a otro u otros a practicar o concurrir a actos de culto o ritos, o a realizar actos reveladores de profesar o no profesar una religión, o a mudar la que profesen. Artículo 523. El que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente registro público del Ministerio de Justicia e Interior, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, y con la de multa de cuatro a diez meses si se realiza en cualquier otro lugar.
El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas, ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de cuatro a diez meses. Artículo 525. 1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
Artículo 526. El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos, será castigado con la pena de arresto de doce a veinticuatro fines de semana y multa de tres a seis meses. |
Tomando el evangelio como género literario, así como se puede tomar la Vida de Apolonio de Tiana de Flavio Filóstrato (s. III), o la Vida de Buda, de la antigua tradición pali, "los evangelios como género, constituyen algo nuevo y autónomo en la historia literaria; su material sólo tiene paralelos en la tradición religiosa de diversas épocas y lugares, en las que se han a grupado y conservado las palabras y acciones de hombres santos dentro de su círculo de seguidores".
(PH. Vielhauer, Historia de la literatura cristiana primitiva. Trad. esp. Salamanca 1990,372. Ó G.Segalla, Panoramas, 180, y R. Guelich, y M. Dibelius).
En este sentido, las variaciones sobre textos o interpretaciones basadas en este género literario, son tan libres como el género mismo. Y no sería Jesús tan mesianista, como para pensar que el Centro Jurídico Tomás Moro o la Aes, iba a querellar a todo aquel que "interpretara" a su persona en pleno 2010. Si no, investiguemos a su vez el tiempo y la forma en que Jesus Crist Superstar de Andrew Lloyd Webber, o Life Of Brian Monty Python, fueron procesados por lo penal en pleno franquismo (lógicamente del primero).
El éxito de los cristos que se representaron o representan en la historia, son necesarios para la preservación de la ciencia- ficción. Theilard de Chardin, el astrofísico Paul Davies, o el paisano Juan Pérez Mercader han agradecido mucho a este supercristo que ha organizado tan bien el cosmos. No tiene por qué ser perjudicial representar la quema de una cruz, si todos saben que el símbolo de la cruz no era tal, sino más bien un "trozo de madera o leño ". O que una iconografía primitiva del cristiano es la "forma de un pez", y muchos cristianos disfrutan asando sardinas... .
Se dice que no se debe confundir el fondo con la envoltura. El evangelio se predicó a los "temerosos de dios" (Hch 11,9) y no a los estrictamente judíos. Sin la fantasía no hubiera existido testimonio en pie. La logia de Jesús (Mt 12,34; Mt 24,28) -donde él plasma sabiduría- son liberaciones y/o incitaciones de información, lo mismo que la iglesia (perdón Rafa), como "ekklesía" (Hch 9, 31) no es más que una comunidad de creyentes testigos de la voluntad salvífica de dios entre los paganos. Con lo que concluyo el párrafo argumentando que no hay mejor forma de evangelio, de logias, o de iglesias, que la que forma Bassi, Reyero y Krahe cuando interpreta para un grupo de desalmados.
"Haced esto en mi memoria... Haced esto, cuantas veces bebáis, en mi memoria"
(1Cor 11,24-25)
Corintios son textos canónicos no evangélicos procedentes de los manuscritos griegos canónicos, que según Antonio Piñero, la iglesia no se ha pronunciado sobre su validez).
Es palabra de Jesús.
No a partidos predicadores de laicismo no militante.
Autor: El Monje
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Hace 5 años «cocinó» a un Cristo en un programa de Canal+
Imponen a Javier Krahe una fianza de 192.000 euros por ofensas a los sentimientos religiosos
El 15 de diciembre de 2004 el programa ‘Lo + Plus’, de Canal Plus, entrevistó al cantautor Javier Krahe y emitió un corto suyo en el que se explicaba «cómo cocinar a un Cristo para dos personas». En él, una persona ponía en una fuente el cuerpo de Cristo, tras desprenderlo de una cruz, lo untaba con mantequilla y lo metía al horno, comentando luego: «se deja tres días dentro del horno y sale solo», con la imagen del «Cristo saliendo del horno arrastrado por un hilo». El auto de apertura de juicio oral fija además fianzas de 192.000 euros a Krahe y de 144.000 euros a la productora de Canal+.
19/05/10
* Auto del Juzgado de Instrucción nº 3 de Colmenar Viejo
(AlbaDigital/InfoCatólica) Desde la plataforma HazteOir se promovió la presentación de denuncias, y diversos medios de comunicación como Alba, Intereconomía, La Razón y ForumLibertas se hicieron eco de la indignación de numerosas personas. El Centro Jurídico Tomas Moro (CJTM) presentó una querella por entender que el programa atentaba gravemente los sentimientos religiosos de los telespectadores (art. 525 del Código Penal).
El auto de apertura de juicio oral expone literalmente: "Durante dicha entrevista, se emitieron las imágenes del corto elaborado por Javier Krahe y Enrique Seseña en el año 1978, en el que se explica cómo cocinar a un Cristo para dos personas: la escena muestra cómo una persona desprende el cuerpo de Cristo de una cruz, lo deposita en una fuente, lo unta con mantequilla y lo introduce después en el horno de una cocina, al tiempo que se hace el siguiente comentario: ‘se deja tres días dentro del horno y sale solo', frase que se ve acompañada de una imagen del Cristo saliendo del horno arrastrado por un hilo".
Cinco años después de presentarse la querella, el Juzgado de Instrucción que lleva el caso, el nº 3 de Colmenar Viejo (Madrid), ha decretado la apertura del juicio oral, mediante un auto con fecha 12 de mayo del 2010, por "hechos que pueden ser constitutivos de un delito contra los sentimientos religiosos, previsto y penado en el artículo 525 del Código Penal".
El auto fija para Javier Krahe de Salas una fianza de 192.000 euros y para la productora del programa de Canal+, Montserrat Fernández Villa, otra fianza de 144.000 euros. Con ellas se cubren las cantidades solicitadas por el CJTM y que consisten en una multa de doce meses con una cuota diaria de 400 euros para Krahe y otra multa con la misma cuota y de nueve meses para Fernández Villa.
"Sería la primera vez que se aplica el art. 525 del Código Penal y es que en esta ocasión no podrán dar carpetazo", ha señalado con satisfacción a AlbaDigital el presidente del CJTM, Javier Pérez-Roldán.
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Entrevista a Julio Reyero, compañero anarquista criminalizado por una conferencia realizada en 2008
Ética y moralmente, este sindicato no se puede desmarcar de este ataque por parte de le Iglesia Católica al militante de CNT toledano, Julio Reyero. Por ello, nos volvemos a hacer eco de esta noticia medinate la entrevista que el periódico CNT le ha realizado. Desde estas líneas nuestra máxima solidaridad y fuerza para la lucha contra la lacra eclesiástica.
Entrevista a Julio Reyero, militante de la CNT y de la FAI, a raíz de la denuncia interpuesta por el Arzobispado de Toledo."
¿A qué se debe la denuncia del Arzobispado de Toledo hacia tu persona? ¿La denuncia es sólo hacia ti o también al sindicato organizador de la conferencia realizada en Toledo?
Por una conferencia realizada el 27 de junio de 2008 titulada “Fundamentos, actitudes y comportamientos de una Organización Criminal”, se presenta una querella contra mí (veremos si la hacen extensible a la CNT de Toledo) por un delito de “provocación para la discriminación” y otro de “escarnio de los sentimientos religiosos”, ya que en el cartel aparecen imágenes de Mazinger Z (chascarrillo popular por su parecido fonético a Ratzinger) y del jefe del Estado Vaticano con las manos manchadas de sangre.
¿En qué momento está la causa? ¿Qué fundamentos jurídicos tiene la denuncia?
Me han tomado declaración el pasado 16 de noviembre y hemos presentado el escrito de alegaciones ante el Juzgado de Instrucción nº2 de Toledo. Esperamos con ello que se desestime la querella porque entendemos que no tiene fundamento jurídico alguno, pero sobre todo, que es un ataque directo a la libertad de expresión en un intento desesperado de acallar la crítica contundente que jamás ha admitido la Iglesia a pesar de las evidencias de su comportamiento histórico.
¿Por qué el Arzobispado de Toledo y no otros en donde también has impartido la conferencia?
El hecho de que sea la ciudad Primada de España, es decir, la ciudad donde el arzobispo está jerárquicamente por encima de los demás, y que ese puesto lo esté ocupando ahora mismo el tristemente célebre para salmantinos y vallisoletanos Braulio Rodríguez Plaza puede que tenga algo que ver. Las operaciones urbanísticas que ha realizado a su paso por esas dos ciudades (en algún caso incluso con sentencia condenatoria del Tribunal Supremo de Castilla y León) en colaboración con las autoridades, da una idea del tipo de persona que nos echamos a la cara.
¿Nos puedes resumir cual es el contenido de tus conferencias?
La presencia constante (visible o encubierta, pasada y presente) de la Iglesia en todos los impulsos para restringir el conocimiento y las libertades. Desde el aliento para provocar la muerte de Hipatia, Giordano Bruno, o más cercano en el tiempo Francisco Ferrer i Guardia, hasta la condena de la libertad de prensa y del socialismo en todas sus variantes (incluyendo por supuesto al anarquismo) durante el siglo XIX. De sobra es conocida su colaboración con el régimen franquista, la Alemania nazi y la Italia fascista.
Sus escándalos económicos como el que tuvo por epicentro al Banco Ambrosiano, el estar hoy en día entre los 10 países del mundo donde más se blanquea dinero procedente de actividades criminales (según London Telegraph) o los escándalos de pederastia allí donde se encuentren (de EEUU a Australia, y por supuesto, también en España) no les hace avergonzarse lo suficiente para estar en silencio. Siguen acusando de asesinato a las mujeres que abortan o responsabilizan a la liberación sexual del maltrato machista, o a los ateos de todo mal que nos aflija, como castigo divino provocado por nuestra postura (así se expresaron tras los efectos del huracán Katrina).
¿Dónde crees que radica la importancia de la crítica a las religiones en estos momentos?
Son tiempos de cambio, y por lo que vemos no se augura nada bueno para los trabajadores. Esto genera incertidumbre y miedo que hace que se activen los comportamientos más irracionales en el ser humano. De esta forma asistimos a un resurgir de las pasiones patrióticas y de las creencias absurdas que nos hacen, si cabe, más sumisos a la esclavitud del salario. De ahí la importancia que tiene mantenerse despierto, escéptico y crítico con todas las instituciones de poder (y la Iglesia es una de las principales) que transmiten invariablemente mensajes paralizantes: “el gobierno solucionará tus problemas; en la otra vida disfrutarás de lo que te ha faltado en esta, etc.”
¿Cómo valoras el hecho de que la realización de la conferencia fuera criticada en su momento, no sólo por el Arzobispado, sino por los partidos políticos PP, PSOE e incluso IU y por los sindicatos CCOO y UGT, amén del respaldo de sus declaraciones en los medios locales?
La postura de PP y PSOE fue de absoluta condena pidiendo su prohibición (de igual manera los dos), y la de las otras tres organizaciones fue lamentable, porque decían que no eran formas, y se escandalizaban de que no pidiéramos permiso. Esa era su preocupación. De todos modos no me extrañó demasiado porque la Iglesia ha penetrado hasta el tuétano incluso a los partidos y organizaciones que se presentan como de “izquierda”, y mientras critican sus declaraciones más aberrantes, como puede ser en el caso del aborto, defienden otros disfraces de la misma organización (ONG´s católicas, misiones, parroquias pobres, determinados movimientos de independencia nacional...).
¿Se está preparando alguna campaña por parte de la CNT o de la FAI? ¿Crees que habrá alguna repercusión mediática en todo este suceso?
Desde luego tendremos que hacerlo público cuanto antes, y en ello estamos ya trabajando. Creo que puede tener repercusión mediática, puesto que al poco de publicar alguna noticia de este suceso por internet ya he tenido una entrevista en una radio pública de Toledo y me han dicho que hablarán con sus jefes de televisión para ver si el asunto interesa. Con el jaleo que están montando con el tema de la educación y de la ley del aborto, después de que se han hinchado a recibir dinero del actual gobierno, puede que exista un nicho mediático amplio para una noticia como ésta. Sobre todo porque el único caso que conozco de acusación de “escarnio de los sentimientos religiosos” fue el de Fernando Vergara por su película documental "Rocío", pero corría el año 1981.
Divulgar este ataque eclesiástico es lo inmediato, repito. Además de la entrevista citada, tengo que atender a invitaciones como la de Radio Vallecas, la de un Centro Social de Madrid y de Sindicatos de la Confederación. También me están ayudando (gracias Pedro) con una traducción de un documental que esperamos poder presentar a lo largo del año que viene sobre la monja Teresa de Calcuta, aprovechando el centenario de su nacimiento, y la visita de Ratzinger. También habrá que salir a recibirlo.
CNT Nº 362 de diciembre de 2009.
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Una asociación ultraderechista quiere aplicar el artículo 525 a la obra de Leo Bassi
Autor: Granada Laica
Desde Granada Laica hemos denunciado reiteradamente la vulneración del principio de laicidad en el Código Civil donde el artículo 525 contempla delitos especiales para los ataques a la doctrina católica. Hemos pedido su derogación y un tratamiento igual para el respeto, que siempre debe ser a las personas, ya que las ideas, convicciones o creencias pueden y debe ser objeto de crítica en una sociedad democrática El comunicado de AES ante la representación de Leo Bassi en Granada, pretende usar dicho artículo para boicotear el acto.
AES protesta por la representación de la obra “La
Revelación” en Granada.
AES denuncia que con ella el actor Leo Bassi busca
conscientemente la injuria a los católicos.
AES pide que se envíen mensajes de protesta a la
Universidad de Granada.
En el mes de febrero del año 2006, con motivo de la representación de
la obra “La Revelación” en el Teatro Alfil de Madrid, Alternativa
Española (AES) interpuso una querella contra Leo Bassi, director y
realizador de la misma, quien públicamente se había jactado de que la
obra había sido realizada con ánimo injurioso y provocador, afirmando
textualmente que su intención era “ofender al colectivo religioso más
representativo de este país”.
AES no quiso en ese momento dejar ninguna puerta abierta en su
denuncia, por lo que amplió la aplicación de la misma a todos cuantos
pudieran intervenir en la producción, publicación, representación o
distribución de la obra, así como a los que colaboraran en posibles
futuras representaciones, y todo ello al amparo de lo contemplado en
el Capítulo IV, Sección 2ª, Art. 525 de nuestro vigente Código Penal,
y del propio Artículo 16 de la Constitución Española, que establece el
respeto a todas las religiones.
AES quiere hacer constar que durante la representación de dicha obra,
se hace un manifiesto escarnio del Sacramento de la Eucaristía y que
el propio Leo Bassi, con un cáliz en sus manos y disfrazado de Sumo
Pontífice procede a una supuesta consagración de preservativos,
mofándose públicamente del Sacramento con mayor trascendencia en la
vida de todo católico. Pese a lo expuesto, tenemos conocimiento de que
el próximo día quince de noviembre, esta obra se representará en el
Aula Magna de la Facultad de Ciencias de Granada, por iniciativa del
grupo “Granada Laica”, con motivo del denominado “Día Internacional
del Laicismo y la Libertad de Conciencia”.
AES pide a las autoridades académicas que retiren el permiso para la
representación de una obra destinada a ofender a los católicos.
AES invita a los católicos granadinos a manifestar su repulsa a que
hagan llegar su protesta a la Universidad de Granada.
Granada, Noviembre de 2008
AES-GRANADA.
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